• Accidente de trabajo o laboral in Itinere

     

    El accidente de trabajo o laboral in itinere considera accidente de trabajo al que sufra el trabajador por cuenta ajena al ir o al volver del lugar de trabajo.

    En el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos no se considera accidente de trabajo esta circunstancia, salvo en el caso de trabajadores autónomos económicamente dependientes.

    Compartir en

    Lista de comentarios

    Escribe un comentario

    Nombre (requerido)
    Email (requerido, no será publicado)
    Recordar los datos en este equipo
    He leído y acepto la cláusula de protección de datos.
    Protección de datos